Viabilidad y barreras para el ejercicio del derecho humano al agua y saneamiento en México - page 9

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Viabilidad y barreras para el ejercicio del derecho humano al agua y saneamiento en México
ción. Un cambio que pasa por superar la idea de la tecnología como dominio de la
naturaleza y de la economía basada en la explotación ilimitada de la naturaleza.
Esta argumentación implica, entonces, reconocer el
dhas
como un logro ético
y que su implementación en la práctica requiere que el ámbito jurídico o de
derecho constitucional sea vinculante, pero también es necesario asumir de
manera concomitante la responsabilidad que tiene el ser humano para con
la naturaleza. Ello obliga a que para dotar de agua y saneamiento digno a
los millones de personas que actualmente carecen o padecen limitaciones,
la tecnología tiene que “reinventarse” para no ser un instrumento de someti-
miento y degradación de los recursos naturales, sino que pueda convertirse
en un medio para la sustentabilidad real.
Daniel Murillo hace un ejercicio crítico de deconstrucción epistémica del
basamento conceptual sobre el cual se fundó la incorporación a nuestra
Constitución del
dhas
. Dicho desmonte es valioso pues plantea que, en el
caso de México, dentro del
dhas
no se considera la dimensión ética huma-
nista, y que el fin principal no se dirige hacia la mejoría de la calidad de las
personas, sino a un modelo de gestión en los recursos hídricos dominado por
un enfoque mercantil-ambiental, donde el Estado ha perdido capacidades
institucionales y financieras, recursos humanos capacitados y su compromiso
por generar condiciones de equidad social en el acceso y aprovechamiento
del agua. Mientras no se incorporen estos planteamientos –entre otros que
desarrolla en extenso el autor–, el
dhas
no pasará de ser “sólo un ideal y en
su aplicación sólo habrá la neblina de la simulación…”. Por tal motivo este
investigador exhorta que, para cumplir a cabalidad las directrices que ha pro-
puesto la Organización de las Naciones Unidas, el sector hídrico requiere
romper con inercias neoliberales que no están dando resultados y revisar
críticamente el enfoque preponderante del agua-mercantil ambiental.
Judith Domínguez, desde la ciencia del Derecho, vincula dos temáticas
que implican orientar la actividad jurisdiccional hacia el nuevo paradigma
sustentado en el Enfoque Basado en Derechos (
ebd
): uno referente al re-
conocimiento del
dhas
por parte de nuestra Constitución y, el otro, referido a
la nueva forma de entender la gestión del agua que deberá comprender los
matices del
dhas
en articulación y vinculación efectiva de todas las acciones
en materia de agua para garantizar en los hechos el derecho humano. En
coincidencia con el enfoque epistémico de Murillo –pero desde el campo de
la jurisdicción– Judith Domínguez apunta que el problema va más allá de la
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