Manejo de la recarga de acuíferos: un enfoque hacia Latinoamérica - page 812

Manejo de la recarga de acuíferos: un enfoque hacia Latinoamérica
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Por último, y aunque sea testimonial, cabe destacar el problema del vandalismo, con rotura de las
infraestructuras en 2011, con un coste económico de reemplazo que supuso un vacío en la toma de
datos, especialmente de caudal, de casi un semestre.
No ha habido problemas técnicos dignos de mención salvo los habituales en los primeros estadios de
funcionamiento de los dispositivos, tales como pequeñas inundaciones de cultivos y la consecuente
necesidad de habilitar dos aliviaderos para episodios en que concurren fuertes precipitaciones con
épocas de intensa recarga.
22.4.1.2.
Comarca del Carracillo
La comarca del Carracillo comparte con el caso anterior algunas de las complicaciones encontradas
habituales para la recarga, en general en forma de conflictos de intereses, que fueron resueltos
internamente al tener la comunidad de regantes una historia y un funcionamiento previo al inicio
de las actividades.
Los problemas con externos han adquirido una magnitud de mayor gravedad, hasta el punto de
haber llegado a los tribunales. El efecto de la recarga aguas abajo del río de toma causa una afección
a una distancia tal que no fue contemplada en el estudio de impacto ambiental previo a la actuación,
por lo que la primera denuncia sorprendió a todos los técnicos involucrados. Esta fue interpuesta
por los propietarios de unas minicentrales hidroeléctricas que aprovechaban el caudal circulante
por el río Cega hasta varios kilómetros aguas debajo de la fuente de toma. A modo de ejemplo
y como elemento a tener en cuenta en la implementación de actividades paralelas, se considera
conveniente describir el proceso cronológicamente, que ha constado de las siguientes etapas:
El Decreto-Ley 9/1998, del 28 de agosto cita la “Recarga del acuífero del Carracillo. Obras de toma,
conducción principal, infiltración y adecuación de las zonas regables” como una obra de
“Interés
general para la nación”,
consecuentemente el estudio de impacto ambiental que marca la ley es una
evaluación simplificada.
El 20 diciembre 1999, la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) aprobó la concesión C.
21.844-SG de agua del río Cega, por cincuenta años, con un caudal máximo de 1,370 l/s, hasta un
volumen máximo anual de 14.2 hm
3
, salvaguardando un caudal ecológico circulante por el río de
1...,802,803,804,805,806,807,808,809,810,811 813,814,815,816,817,818,819,820,821,822,...981
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